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Somos una firma de asesoría legal y de negocios.

Nuestra misión es asesorar a nuestros clientes para cumplir con las obligaciones fiscales optimizando sus recursos e inversiones.

OBJETIVOS

Seleccionar la mejor alternativa para optar por la aplicación del régimen tributario que permita lograr ahorros financieros y fiscales.

Proporcionar una mejor capacidad de adaptación a la empresa con las constantes reformas fiscales.

Prevenir al contribuyente sobre cualquier suceso o evento fiscal que tenga consecuencias importantes en el normal desarrollo empresarial.

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SERVICIOS

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Energy Survey

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Emergency Lighting

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REFORMAS FISCALES 2020

febrero 18th, 2020|

GRUPO ONCE cuidando, asesorando y actualizando siempre a sus clientes, ofrece cursos como el del pasado 11 de noviembre 2019 en Torreón, Coahuila. El curso denominado “Reformas Fiscales 2020”, impartido por los Maestros en contabilidad, Javier Belmares Sánchez y José Julio Solis García; así como los Maestros en Derecho, Diego López Quevedo y Raúl Santos Velásquez Vásquez. Los temas y puntos que trataron fueron los siguientes: LEY DE INGRESOS REDUCCIONES DE MULTAS Se mantienen reducciones de multas por infracciones distintas al pago en casos de autocorrección (Art. 15). ESTÍMULOS FISCALES (Art. 16, I a IV) Continúan estímulos fiscales vinculados con diésel y biodiésel para: Maquinaria (hasta 60 millones, sin generar saldos a favor en pagos provisionales de ISR) Actividades agropecuarias o silvícolas (hasta 20 UMAS anuales o 616,440 por persona, máximo 10 socios, con derechos a devolución) Estímulos fiscales por diésel y biodiésel para transporte, mediante acreditamiento contra ISR anual, sin prohibirles compensación 50% de peajes por uso de carreteras de cuota por transportistas (hasta 300 millones). Art. 16-V 8% de deducción contra ISR del costo de libros, revistas y periódicos que se

ARTISTAS PLÁSTICOS, PINTORES Y SUS BENEFICIOS FISCALES

febrero 18th, 2020|

En pleno siglo XXI hay mucha gente que desconoce cuáles son los derechos y obligaciones que su régimen fiscal le exige, no importa cual, les puedo asegurar que más de alguno de ustedes no conoce al 100% sus obligaciones fiscales y eso está muy mal partiendo desde la premisa que el desconocimiento de la ley, no exime de su cumplimiento, pero no conocer sus derechos esta aún peor. Ante el incremento del arte digital consecuencia de la evolución del mundo con los medios electrónicos, computadoras, aplicaciones y en general la tecnología informática y digital, pero sobre todo la falta de interés de los jóvenes por el tema, es muy importante acercarse a ese selecto grupo de artistas plásticos y pintores, en donde seguramente también existe desinformación acerca de cómo los fiscalizan y sin duda es muy interesante lo que la historia y la Ley nos puede contar sobre este tema. Un artista plástico es toda aquella persona física que se dedica profesionalmente al desarrollo de una obra de su imaginación manipulando materiales tangibles para modificarlos o moldearlos con la finalidad de expresar su

PTU

febrero 18th, 2020|

La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas es una prestación para los trabajadores por contribuir con su trabajo personal en las ganancias de las empresas del último año laborado. Su Fundamento Legal radica en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos específicamente en el Artículo 123, apartado “A” fracción IX en donde se establecen las bases para su determinación y otorgamiento. Así mismo el Artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo establece que la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, será la encargada de determinar qué porcentaje repartirá cada empresa entre sus colaboradores. Según el Artículo 120 de la mencionada Ley, la cantidad a repartirse será el 10% de la Base Gravable de que se trate, pero ¿qué es la Base Gravable?... Se considera utilidad, la base gravable de conformidad con la Ley del Impuesto Sobre la Renta; está ley determina como Renta Gravable lo que resulte de la resta de los ingresos acumulables y las cantidades que la empresa no pudo hacer deducibles en el ejercicio inmediato anterior

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